Se acercan las Juntas Directivas Ordinarias y con ellas la obligación legal y estatutaria para los administradores de presentar su Informes de Gestión, que hoy no solo requieren reportes acerca de la evolución del negocio, sino que también deben incluir la gestión con relación a la implementación de buenas prácticas.
Los administradores, sean estos los representantes legales o en su efecto quienes de acuerdo con los estatutos ejerzan esas funciones, tiene un nuevo reto relacionado con implementar una serie de normas, buenas prácticas y sistemas de prevención según le aplique a su organización; este conjunto de parámetros conocido como normas de Cumplimiento (o Compliance por su sigla en inglés) hacen parte de los avances a incluir en el Informe de Gestión.
En la actualidad el modelo de cumplimiento (compliance) no se encuentra regulado en nuestro ordenamiento jurídico, y puede incluir los siguientes:
- Gestión de los riesgos asociados a la Prevención del Riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT/FPADM), con relación al cual es importante validar la inclusión de este último riesgo dentro de la revisión y proceso implementados
- Implementación de sistemas que permitan prevenir riesgos asociados a la Corrupción y el Soborno Transnacional que puede ser desarrollado a través de Programas de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE)
- Gestión integral en la Protección de Datos Personales
- Sistema de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo, entre otros
Cada uno de estos frentes cuenta con una legislación diferente, que aplica a las compañías según su tamaño y sector. El alcance y profundidad de implementación de estos programas debe ser guiado de la mano de un experto, pues el desconocimiento de estas normas no excusa del cumplimiento y puede dar lugar a la imposición de sanciones.
Más allá del riesgo sancionatorio, es importante revisar la cultura y riesgos de la organización para implementar esquemas que eviten pérdidas mayores o impactos económicos o reputacionales por la ocurrencia de un hecho relacionado en estos temas. Como administradores se tiene la responsabilidad de asegurar la solidez y transparencia del negocio y la gestión de programas de cumplimiento se vuelve estratégico.
Es por ello que resulta vital resaltar que el informe de gestión, en su capítulo de situación jurídica de la sociedad, generalmente se ha centrado en el desarrollo de las obligaciones de carácter corporativo, normativo y en informar sí la compañía cuenta o no con seguridad jurídica; pero con lo cambiante de las normas, en este reporte se debería evidenciar la evolución en este frente y siendo un informe gerencial la recomendación desde Opciones Administrativas se centraría en incluir:
- La explicación de la aplicación de las políticas de cumplimiento de la compañía que deberían estar enfocadas desde el punto de vista de la proporcionalidad y la materialidad.
- La evidencia del compromiso, de los administradores, directivos de la entidad y en general de toda la organización para velar por el cumplimiento de estos lineamientos
- La evolución y seguimiento de los programas de cumplimiento, resaltando los hechos más relevantes del periodo, acudiendo a los últimos resultados de auditorías y/o actualizaciones en los mismos que se han dado por los diferentes cambios normativos.
- Énfasis en la obligación del órgano de administración de establecer sistemas de supervisión, de control y de denuncia.
En conclusión, los informes de rendición de cuentas cada vez integran más campos de acción de la administración, siendo una herramienta muy valiosa al momento de presentar los buenos resultados en la gestión y prevención de riesgos de cumplimiento.
https://www.asuntoslegales.com.co/analisis/maria-del-pilar-osorio-sanchez- 402351/generalidades-del-compliance-2821349
www.worldcomplianceassociation.com – Word Compliance Association (Guía de Implementación de compliance para pymes)